En febrero tampoco nos libramos de las obligaciones fiscales. En este caso, tenemos que presentar el Modelo 347, una declaración informativa de carácter anual que deben presentar los empresarios y profesionales que realicen operaciones con terceros que, en su conjunto, superen los 3.005,06€ durante el ejercicio fiscal 2024.
Algunas de las operaciones que deben declararse en este modelo son:
- Subvenciones y ayudas no reembolsables.
- Operaciones de entidades aseguradoras.
- Anticipos de clientes y proveedores.
- Arrendamientos no sujetos a retención.
- Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto.
- Operaciones inmobiliarias.
Sin embargo, siempre existen algunas exenciones, como los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad no se encuentre en España, o las operaciones consideradas entregas y adquisiciones de bienes que supongan entre el territorio peninsular español o las islas Canarias, Ceuta o Melilla, entre otras.
La información proporcionada en el Modelo 347 es crucial para garantizar la transparencia en las relaciones comerciales y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, de modo que la Agencia Tributaria puede controlar el fraude fiscal y asegurar que las operaciones entre empresas y autónomos están correctamente declaradas.
En suma, consideramos que es importante cumplir con dicha declaración informativa para evitar problemas legales y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Si estás interesado y necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con MDG Advisors. Nosotros, ¡podemos ayudarte!
Lucía Luengo Aguado.








